¿Injusticia por homofobia?

Estefanía es una chica trans. El 12 de mayo de 2021 fue condenada a 72 meses de prisión por un delito que nunca existió: hurto calificado y agravado. Esta es su historia.

En la madrugada del 25 de julio de 2019, Estefanía llamó a su novio (Adriano) para que la recogiera. Era la 1:00 am, cuando él llegó en su taxi. Ella quería que pasaran toda la noche juntos y ese encuentro terminó en pelea porque para el taxista era muy temprano y todavía podía ganarse unos pesos más. La discusión fue subiendo de tono hasta que se fueron a las manos. Ella lo aruñó y como el carro estaba detenido, cogió el celular de su novio y luego de bajarse, en medio del mal genio, destruyó el teléfono de su compañero al tirarlo contra el piso. Todo ocurrió en el parque del Hacha, en la zona centro de Villavicencio.

Mientras ella se sentó en una banca del parque, Adriano se fue a buscar a la Policía y así ocurrió, encontró una patrulla de motorizados tomando tinto, muy cerca de allí. El taxista les pedía a los uniformados que Estefanía le diera el teléfono de ella a cambio del que le había dañado. Al ella negarse, los policías la condujeron a la URI (Unidad de Reacción Inmediata) de la Fiscalía ubicada en el barrio 7 de agosto. Allí comenzó el problema porque fue acusada de un delito grave que no es excarcelable y eso los saben todos los policías de Colombia. También saben que para que se de el delito deben ocurrir una serie de situaciones que lo tipifican, situaciones que no existieron. No hubo flagrancia, ella se quedó en el parque porque no había cometido ningún delito. No le robó nada al taxista, ellos dijeron que le había robado $45.000 del producido. No lo intimidó con arma alguna, ellos dijeron que tenía un puñal que nunca apareció. No lo puso en estado de indefensión, todo lo que hubo fue una pelea de novios. Una persona que comete un hurto no se queda a esperar a que las autoridades vengan a capturarla.

Ya en las instalaciones de la URI, los policías le pidieron al taxista que los esperara un poquito mientras llenaban unos papeles. Él les preguntó por ella y al instante le dijeron que no se preocupara que ella salía en un ratico “porque no era mayor cosa”. Igualmente le pidieron que fuera a Medicina Legal para que le valoraran sus rasguños, pero él sabía que no era grave, prueba de eso es que no tiene ninguna cicatriz o marca en su rostro. Con el falso argumento de que no pasaría nada, firmó lo que le entregaron sin detenerse a leer qué era lo que estaba firmando. Y ese fue el caballo de Troya. La Fiscalía, sin revisar en detalle las pruebas necesarias para procesar la posible ocurrencia del delito, profirió una acusación en contra de Estefanía que la llevó a la cárcel de Villavicencio.

El 17 de agosto de ese 2019, la familia de Estefanía buscó al taxista para que se retractara de lo que había firmado. Se mostró muy sorprendido al saber que su expareja estuviera en la cárcel por lo sucedido y por esa razón fue hasta la notaría segunda y firmó una declaración juramentada en la que negaba haber sido víctima de un robo. Igualmente, la tía de Estefanía le entregó un teléfono nuevo en pago del que ella le había dañado. Con ese documento fue puesta en libertad, pero la Fiscalía objetó “la forma” en que había sido obtenida la declaración de Adriano y con eso, nuevamente fue ordenada su captura y traslado a la cárcel.

El proceso continuó y en mayo 12 de 2021, Estefanía fue condenada. Su abogado de oficio que lo paga la Defensoría del Pueblo, desde el comienzo le pidió que se allanara a cargos porque eso les disminuye la condena a los acusados y, de paso, les hace más fácil el camino a los profesionales de las leyes porque así no tienen que gastar su tiempo investigando y buscando pruebas para la respectiva defensa. Pero eso será objeto de otra publicación.

El Juzgado cuarto penal municipal con funciones de conocimiento le creyó más a los policías y la Fiscalía que a la acusada. Claro, es la palabra de dos Goliat argumentando contra un David solo (sola en este caso), sin defensa ni quien le ayudara a confrontar las mentiras que permitieron instruir el caso.

Ocho días después de proferida la condena, ante la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, la familia logró interponer un recurso de apelación donde se lee claramente: “Los hechos no ocurrieron como lo menciona el señor Juez y la Fiscalía”.

Estefanía confía en que allí se pondrá fin a su condena pues pide que se revoque y sea absuelta de lo que la acusan.

Al consultar a la familia y a Estefanía, coinciden en afirmar que todo es producto de la homofobia. Así como lo leen. Homofobia de los policías que montaron un caso sin las pruebas. Cabe preguntar aquí si en la Fiscalía y en el Juzgado también primó este crimen de odio hacia una persona “diferente”, si es que se le puede llamar así. Ella esta recluida en el pabellón de hombres: traten de imaginarse la vida de una chica trans en una cárcel de varones. Pero eso también será objeto de otra publicación.

Y así, en medio de la rabia y la frustración que provocan las injusticias, Estefanía y su familia ruegan para que la Justicia obre en ley y actúe de acuerdo con las pruebas que hay para que el proceso termine como debe ser. Obvio, por odio e incomprensión es que vivimos destruyendo con palabras, miradas burlonas y actos descalificativos a personas que tienen otra forma de comportarse, otra forma de vivir sus vidas. Pero déjeme decirle que eso que tanto desprecia, la mayoría de las veces es porque está en usted. Lo mejor será usar siempre palabras y actos dulces, por si un día nos toca tragárnoslos.

Échele ojo.

Germán Moncada Blanco
Director

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3 comentarios

  1. Es duro ver cómo por una inclinación sexual puede ser juzgada una persona, en este caso condenada, no por su pareja o su familia, sino por una sociedad que no evoluciona que no se da cuenta que todos somos iguales y tenemos los mismos derechos.

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